Resolución BCE-0088-2015 - Deléguense funciones y atribuciones a las siguientes personas: Director/a General del Proyecto de Inversión 'Recepción, Validación, Administración y Liquidación de la Banca Cerrada'
Número de Boletín | 581 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Banco Central del Ecuador |
Fecha de la disposición | 29 de Julio de 2015 |
EL GERENTE GENERAL DEL BANCO
CENTRAL DEL ECUADOR (E)
Considerando:
Que, el artículo 303 de la Constitución de la República establece que el Banco Central del Ecuador es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y funcionamiento está establecido por Ley;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico Monetario y Financiero determina que el Banco Central del Ecuador es una persona jurídica de derecho público, parte de la Función Ejecutiva, de duración inde.nida, con autonomía administrativa y presupuestaria, cuya organización y funciones están determinadas en la Constitución de la República, dicho Código, su estatuto, las regulaciones expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y los reglamentos internos;
Que, mediante O.cio No. SENPLADES-SIP-dipp-2011-36 de 13 de enero de 2011, la Secretaría Nacional de Plani.cación y Desarrollo emitió el dictamen de prioridad del Proyecto de Inversión "Recepción, Validación, Administración y Liquidación de la Banca Cerrada", que se encuentra en ejecución de conformidad con lo previsto en la Resolución No. JB-2009-1427, expedida por la Junta Bancaria el 21 de septiembre de 2009;
Que, el artículo 49 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que el Gerente General del Banco Central del Ecuador tiene como funciones, entre otras, ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial del Banco Central del Ecuador, y dirigir, coordinar y supervisar la gestión técnica, operativa y administrativa del Banco Central del Ecuador, para lo cual expedirá los reglamentos internos correspondientes;
Que, conforme al artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, cuando la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u o.cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones, cumpliendo el deber constitucional de coordinar actividades para la consecución del bien común;
Que, el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que es posible delegar las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto; y,
Que, para el logro de un e.ciente y efectivo cumplimiento de los objetivos institucionales, es necesario consolidar las delegaciones emitidas por el Gerente General; y, así normar internamente procedimientos que abonen a la gestión productiva y optimización de los recursos del Banco Central del Ecuador mediante mecanismos desconcentrados para resolver diversos actos en forma diligente,
En ejercicio de sus funciones y atribuciones,
Resuelve:
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Realizar todos los actos y contratos inherentes y necesarios a la...
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