Acuerdos 000062. Desígnense funciones al señor Economista Rubén Flores Ágreda, Viceministro de Gestión Interna...

Número de Boletín895
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2016

EL MINISTRO DE RELACIONES

EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA

Considerando:

Que, de conformidad con el número 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1) Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.";

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.";

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador determina: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.";

Que, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior dice: "El Ministro de Relaciones Exteriores expedirá las normas, acuerdos y resoluciones del Ministerio (...)";

Que, el artículo 45 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana señala: "Participación ciudadana en las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.- Las distintas funciones del Estado establecerán mecanismos para garantizar la transparencia de sus acciones, así como los planes y programas que faciliten la participación activa de la ciudadanía en su gestión. (...)";

Que, en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado dispone: "(...) cuando la conveniencia institucional...

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