Decreto 1121 - Expídense las disposiciones para la reorganización de instituciones y supresión de órganos de la Función Ejecutiva en razón de las actuales restricciones presupuestarias
Fecha de disposición | 18 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 07 Septiembre 2016 |
Número de registro | 1121 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 835-Primer Suplemento |
instrumentation | Decretos |
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 313 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia;
Que, la letra b) del artículo 17 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, faculta al Presidente de la República a emitir disposiciones normativas de tipo administrativo dentro del ámbito del Gobierno Central, con el objeto de reorganizar y suprimir entidades públicas cuya naturaleza haya dejado de ser prioritaria e indispensable para el desarrollo nacional;
Que, el artículo 40 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada indica que es de competencia exclusiva del Ejecutivo la regulación de la estructura, funcionamiento y procedimientos de todas sus dependencias y órganos administrativos;
Que, el artículo 144 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria establece que la regulación del sector Popular y Solidario es potestad de la Función Ejecutiva y que se ejercerá a través del Ministerio de Estado que determine el Presidente de la República, para cuyos efectos el referido Ministerio contará con una secretaría técnica;
Que, el artículo 7 de la Ley Orgánica de Incentivos para las Asociaciones Público Privadas y la Inversión Extranjera establece que el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas contará con una secretaría técnica;
Que, el artículo 35 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado establece que corresponde a la Función Ejecutiva la rectoría, planificación, formulación de políticas públicas y...
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