Decretos 1108. Ratifíquese el Acuerdo entre el Gobierno del Ecuador y el Gobierno de la República Popular China sobre la mutua suspensión de visa para portadores de pasaportes ordinarios, suscrito el 7 de enero de 2015.

Número de Boletín825-Primer Suplemento
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Popular China sobre la mutua supresión del requisito de visa para portadores de pasaportes ordinarios" fue suscrito el 7 de enero de 2015;

Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

En consideración a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República, mediante oficio signado con el número T.7165-SGJ-15-141, del 25 de febrero de 2015, remitió a la Corte Constitucional el referido Acuerdo, para que resuelva si requiere de aprobación legislativa, previa a su ratificación por parte del Presidente de la República;

Que en base a lo expuesto, la Corte Constitucional, mediante Dictamen número 005-15-DTI-CC, del 23 de septiembre del 2015, resolvió que el Acuerdo entre el Gobierno del Ecuador y el Gobierno de la República Popular China sobre la mutua suspensión de visa para portadores de pasaportes ordinarios, suscrito el 7 de enero de 2015, requiere aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional, por encontrarse dentro de los casos que establece el número 4 del artículo 419 de la Constitución de la República;

Que de conformidad con el tercer inciso del artículo 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el Presidente Constitucional de la República, mediante oficio número T.7165-SGJ-15-777, del 22 de octubre de 2015, solicitó a la Asamblea Nacional la aprobación del ante dicho Acuerdo;

Que el Pleno de la Asamblea Nacional, en sesión celebrada el 14 de junio de 2016, resolvió aprobar el Acuerdo entre el Gobierno del Ecuador y el Gobierno de la República Popular China sobre la mutua suspensión de visa para portadores de pasaportes ordinarios;

En ejercicio de la facultad conferida por el número...

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