Libro I. De la actividad mercantil y de los actos de comercio en general

Páginas7-15
i) Identidad cultural; y,
j) Respeto a los derechos del consumidor.
Art. 4.- Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se
considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a lo dispuesto en este Código en cuanto a
dichas operaciones.
Art. 5.- En los casos no regulados expresamente, se aplicarán por analogía las normas de este
Código y, en su defecto, las del Código Civil. Asimismo, este Código constituye norma
supletoria de otras ramas especiales en cuyos actos se observe un ánimo o naturaleza
mercantil.
Art. 6.- La costumbre mercantil suple el silencio de la ley siempre que los hechos que la
constituyan sean uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República del Ecuador,
o en una determinada localidad y sean ampliamente conocidos y regularmente observados
por las partes en operaciones del mismo tipo en el tráfico mercantil del que se trate por el
plazo mínimo de cinco años.
La existencia de una costumbre mercantil, así como el cumplimiento de los requisitos
descritos en el inciso anterior deberán ser probados por quien los invoca.
Sin embargo, cuando se pretenda probar con testigos, estos deberán ser por lo menos cinco
comerciantes idóneos inscritos en el Registro Mercantil, que den cuenta razonada de los
hechos y de los requisitos respectivos; y cuando se aduzcan como prueba dos decisiones
judiciales definitivas, se requerirá que éstas hayan sido expedidas dentro de los 5 años
anteriores al hecho controvertido.
Libro I
DE LA ACTIVIDAD MERCANTIL Y DE LOS ACTOS DE COMERCIO EN
GENERAL
Art. 7.- Se entiende por actividades mercantiles a todos los actos u operaciones que implican
necesariamente el desarrollo continuado o habitual de una actividad de producción,
intercambio de bienes o prestación de servicios en un determinado mercado, ejecutados con
sentido económico, aludidos en este Código; así como los actos en los que intervienen
empresarios o comerciantes, cuando el propósito con el que intervenga por lo menos uno de
los sujetos mencionados sea el de generar un beneficio económico.
Título I
LOS ACTOS Y OPERACIONES MERCANTILES
Art. 8.- Son actos de comercio para todos los efectos legales:

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