De la aprobación de tratados internacionales y otras normas

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Art. 104.- Obligaciones de la Asamblea Nacional.- (Sustituido por el Art. 90 de la Ley s/n,
R.O. 326-S, 10-XI-2020).-La Asamblea Nacional controlará que la pro forma anual y la
programación cuatrianual se adecúen a la Constitución de la República, a la Ley, al Plan
Nacional de Desarrollo. Verificará, además, la aplicación de criterios de progresividad y no
regresividad en derechos y, reducción de las desigualdades.
Cualquier- aumento del gasto durante la ejecución presupuestaria, requiere la aprobación de
la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido por la ley.
Art. 105.- Informe semestral.- La Función Ejecutiva presentará cada semestre a la
Asamblea Nacional el informe sobre la ejecución presupuestaria, que será remitido por la
Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional a la comisión especializada permanente
respectiva para que, en el plazo de treinta días, presente el informe correspondiente. La falta
de presentación del informe semestral facultará a cualquiera de las y los miembros de la
Asamblea Nacional a solicitar la inmediata comparecencia de la ministra o ministro del ramo.
Art. 106.- Publicidad del Presupuesto.- Toda la información sobre el proceso de
formulación, aprobación y ejecución del presupuesto será pública y se difundirá
permanentemente a la población por intermedio del portal web oficial de la Asamblea
Nacional.
Art. 107.- Vigencia del presupuesto anterior.- Hasta que se apruebe el presupuesto del año
en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República, regirá el presupuesto del año
inmediato anterior.
Capítulo XI
DE LA APROBACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES Y OTRAS
NORMAS
Art. 108.- Tratados que requieren aprobación de la Asamblea Nacional.- (Reformado
por el Art. 91 de la Ley s/n, R.O. 326-S, 10-XI-2020).- La ratificación o denuncia de los
tratados y otras normas internacionales requerirá la aprobación previa de la Asamblea
Nacional en los casos que:
1. Se refieran a materia territorial o de límites;
2. Establezcan alianzas políticas o militares;
3. Contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley;
4. Se refieran a los derechos y garantías establecidas en la Constitución;
5. Comprometan la política económica del Estado establecida en su Plan Nacional de
Desarrollo a condiciones de instituciones financieras internacionales o empresas
transnacionales;

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