De la transparencia de la información

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4. Registro y verificación de petición de la palabra de cada asambleísta;
5. Registro y verificación de la petición de punto de información, punto de orden del día y
derecho a réplica en caso de alusión, requerida por cada asambleísta;
6. Ingreso por bandeja digital de las mociones, solicitudes de cambio de orden del día,
proyectos de resoluciones y demás documentación relacionada con el desarrollo de la sesión
virtual; y,
7. Registro que detalle el tiempo de la intervención de cada asambleísta, de acuerdo con lo
establecido en esta Ley.
Art. 149.- Responsabilidad durante las sesiones.- (Sustituido por el Art. 114 de la Ley s/n,
R.O. 326-S, 10-XI-2020).- En las sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional, las y los
asambleístas deberán utilizar exclusivamente el dispositivo electrónico asignado a la curul.
En caso de abandonar la Sala de Sesiones del Pleno, durante la sesión, la o el asambleísta
registrará asimismo, su huella digital,
La ausencia en las sesiones será sancionada de conformidad con esta Ley.
Capítulo XV
DE LA COMISIÓN GENERAL
Art. 150.- De la Comisión General.- (Sustituido por el Art. 115 de la Ley s/n, R.O. 326-S,
10-XI-2020).- El Pleno de la Asamblea Nacional, las comisiones especializadas y el Consejo
de Administración Legislativa por iniciativa de la Presidenta o del Presidente o a pedido de
la mayoría absoluta de sus miembros, podrán declararse en comisión general, para recibir de
manera presencial o a través de medios telemáticos disponibles a organizaciones,
académicos, personas naturales, ecuatorianos residentes en el exterior, pueblos y
nacionalidades que quieran presentar o exponer temas de interés o de competencia de la
Asamblea Nacional,
Cuando la o el Presidente de la Asamblea juzgue conveniente, declarará terminada la
comisión general y se reinstalará la sesión del Pleno.
En la comisión general se tratarán o expondrán solo los temas específicos relacionados con
el asunto que la motivó.
El Pleno, el Consejo de Administración Legislativa o las comisiones, no podrán adoptar
resolución alguna mientras se desarrolla la comisión general.
Capítulo XVI
DE LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN
Sección I
COMUNICACIÓN, PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN

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